Requisitos de visado

El 30 de octubre de 2014, el Gobierno de la República de Serbia adoptó la Decisión sobre la entrada sin visado a la República de Serbia para los titulares de pasaportes de nacionalidad extranjera que tengan un visado válido de Schengen, del Reino Unido y de otros Estados miembros, o de los Estados Unidos de América, y para los titulares de pasaportes de nacionalidad extranjera que tengan permiso de residencia en los países del espacio Schengen, la UE o los Estados Unidos de América.

Sobre la base de esta decisión, las categorías de extranjeros antes mencionadas pueden, sin solicitud previa de visado, entrar, transitar y permanecer en la República de Serbia hasta 90 días durante un período de seis meses, y dentro de la validez de dichos visados o permisos de residencia.

Existe la posibilidad de que los extranjeros entren en la República de Serbia con dos pasaportes, por ejemplo, un pasaporte nacional caducado con visado o permiso de residencia válido y un pasaporte nacional válido sin visado o permiso de residencia válido.

Los extranjeros titulares de un permiso de residencia en forma de tarjeta separada (no una pegatina pegada a su pasaporte) deben presentar su pasaporte válido al entrar en el territorio de la República de Serbia.

Antes de viajar a la República de Serbia, compruebe aquí si necesita un visado.

Las solicitudes de visado deben presentarse a la Embajada o Consulado General de la República de Serbia en el extranjero.

Tipos de visados expedidos en misiones diplomáticas y consulares:

  • visa de corta estancia (visa C)
  • visa de larga estancia (visa D)

VISA C (visa para una estancia de hasta 90 días)

La visa para una estancia corta se emite para viajes turísticos, de negocios y de otro tipo, para una, dos o más entradas en la República de Serbia. La residencia continua de un extranjero con un visado de corta estancia, o una duración total de estancias consecutivas, no puede exceder de 90 días en un período de seis meses a partir de la fecha de la primera entrada. El visado para una estancia de corta duración con entradas múltiples se expedirá con un período de validez de hasta un año.

VISA D (Visa de larga duración)

La visa de larga duración es un permiso para entrar y permanecer en el territorio de la República de Serbia entre 90 y 180 días.

El visado D se expide a un extranjero que, de conformidad con el régimen de visados para entrar en la República de Serbia, requiere un visado y que en la República de Serbia tiene la intención de solicitar una estancia temporal.

Un extranjero que entre en la República de Serbia sin visado, sobre la base de la Decisión de entrada sin visado a la República de Serbia para los titulares de pasaportes extranjeros que tengan un visado válido Schengen, del Reino Unido y de otros Estados miembros, o un visado de los Estados Unidos de América, y para los titulares de pasaportes extranjeros que tengan permiso de residencia en los países del espacio Schengen, la UE o los Estados Unidos de América, no puede solicitar la residencia temporal en Serbia. Es necesario solicitar un visado D (visado de larga duración) que permita regular la estancia temporal a la llegada a Serbia.

Requisitos generales de visado:

  1. Pasaporte válido (el pasaporte debe ser válido al menos 90 días a partir de la fecha de emisión del visado)
  2. Carta de invitación:
    – para una visita privada – carta de invitación certificada por la autoridad pertinente de la República de Serbia
    – para una visita de negocios – carta de invitación de una empresa en Serbia;
    – para un viaje de turismo – un comprobante de pago del viaje emitido por una agencia de viajes (comprobante u otro tipo de recibo de pago);
  3. Foto (tamaño 3, 5×4, 5cm);
  4. Billete de ida y vuelta o Itinerario (copia del Permiso de conducir y Seguro si viaja en coche);
  5. Comprobante de fondos suficientes para permanecer en Serbia;
  6. Seguro de salud
  7. Tasa de visado.

Para la emisión de un visado de tránsito, debe tener un visado de entrada para el país al que va a entrar después de la República de Serbia. En caso de que no se requiera visa para ese país, se le pedirá que presente otros documentos que expliquen el propósito de su visita allí.

La misión diplomático-consular de la República de Serbia se reserva el derecho de solicitar documentación adicional. No se aceptarán solicitudes incompletas.

Para obtener más información sobre la expedición de visados, póngase en contacto con la misión diplomática y consular de la República de Serbia más cercana.

Razones para permanecer en Serbia y documentos requeridos:

EMPLEO:

  • contrato de trabajo, contrato de trabajo, acuerdo de cooperación comercial y técnica, compromiso deportivo u otro documento que demuestre el compromiso laboral de un ciudadano extranjero en la República de Serbia;
  • certificado de registro de una entidad legal, entidad comercial, club o asociación deportiva o empresario en la República de Serbia.

EDUCACIÓN, ESPECIALIZACIÓN, TRABAJO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, PRÁCTICA PROFESIONAL:

  • certificado de inscripción en una institución educativa. En el caso de la investigación científica, un contrato firmado con una organización de investigación científica;
  • una copia del registro de una institución educativa como persona jurídica en la República de Serbia.

REUNIÓN FAMILIAR:

  • cuando el cónyuge sea ciudadano de la República de Serbia: un certificado de matrimonio expedido por una autoridad competente de la República de Serbia, no mayor de seis meses;
  • En el caso de comunión extramatrimonial con un ciudadano de la República de Serbia: certificado de estado civil libre, declaraciones de parejas extramaritales y declaraciones notariales de dos testigos con respecto a la comunión de la pareja, prueba de la dirección conjunta de la residencia, si tienen un certificado de nacimiento conjunto del niño.

SERVICIO RELIGIOSO:

  • certificado de registro de una iglesia o comunidad religiosa en la República de Serbia;
  • un contrato de trabajo o una carta de una iglesia o comunidad religiosa que confirme que un extranjero está contratado como sacerdote o funcionario religioso.

TRATAMIENTO O ATENCIÓN MÉDICA:

  • una carta de la institución de salud de la República de Serbia en la que se indique el lugar y el período de tratamiento necesario;
  • una decisión sobre el registro de una institución de salud en la República de Serbia;
  • una decisión sobre el registro de una institución de atención social en la República de Serbia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.