Solo puede inscribirse en Medicare Parte D durante ciertos momentos. Conocer estos horarios y cuándo puede cambiar de plan es importante. Hemos recopilado la información más útil sobre el proceso, que incluye cuándo puede inscribirse, cuándo puede cambiar de plan, las sanciones en las que puede incurrir y sus opciones si ya tiene cobertura para medicamentos recetados.
Temas de esta página
- Períodos de Inscripción
- Multas si no se Inscribe en un Plan de la Parte D
- Cuándo Puede Cambiar de Planes de la Parte D
- Si Ya Tiene Cobertura para Medicamentos Recetados
- Cómo Inscribirse en un Plan de la Parte D
1. Períodos de inscripción
Si no se ha inscrito en un plan de medicamentos recetados (PDP) y no tiene cobertura acreditable para sus medicamentos recetados, puede inscribirse en un PDP durante el Período de Elección Anual (AEP). Este período es del 15 de octubre al 7 de diciembre de cada año. La cobertura comienza el 1 de enero siguiente.
Para las personas que son nuevas en Medicare, el Período de Inscripción Inicial (IEP) para la Parte D es de 7 meses. Comienza 3 meses antes del mes en que usted es elegible para Medicare Parte A o B, incluye el mes en que usted es elegible y termina 3 meses después.
Nota: Dependiendo de su situación, es posible que tenga otras oportunidades limitadas para inscribirse en un plan de la Parte D. Comuníquese con su oficina local de Asesoramiento sobre Seguros de Salud & del Programa de Defensa (HICAP) para obtener más información.
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2. Multas si no se inscribe en un Plan de la Parte D
Si no se inscribe en un plan y no tiene cobertura acreditable para sus medicamentos, incurrirá en una multa del 1% de la prima nacional promedio (aprox. $33.37 en 2022; esta cifra cambia cada año) por cada mes que usted era elegible y no se inscribió. Esta cantidad se agrega a la prima de su plan de medicamentos. Nota: Medicare exime de esta multa a cualquier persona que califique para recibir Ayuda Adicional, también conocida como el programa de Subsidios para Bajos Ingresos (LIS, por sus siglas en inglés).
Además, si no se inscribe en un plan de la Parte D cuando es elegible por primera vez, generalmente solo podrá inscribirse durante ciertos períodos de inscripción.
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3. Cuando puede Cambiar de Planes de la Parte D
En general, solo puede cambiar de planes durante el Período de Elecciones Anuales (AEP). Esto es entre el 15 de octubre y el 7 de diciembre de cada año. La cobertura comienza el 1 de enero siguiente. Fuera del AEP, puede cambiar de plan si tiene un Período Electoral Especial (SEP, por sus siglas en inglés), como si:
- Mudarse a otra región fuera de las áreas de servicio de su plan
- Ingresar a un hogar de ancianos
- Cambiar de hogar de ancianos u otras instituciones
- Calificar para el programa de ayuda adicional/Subsidio para Bajos Ingresos (LIS) (puede cambiar de plan una vez al trimestre durante los primeros 3 trimestres y una vez durante el Período de Elección Anual)
- Perder sus beneficios completos de Medi-Cal (tiene un período de 3 meses para cambiar los planes MA-PD o Parte D, comenzando el mes en que se le notifica la pérdida de elegibilidad de Medi-Cal)
Para obtener más información sobre estas excepciones y otras situaciones en las que puede cambiar de plan, consulte Períodos Especiales de Elección para las Partes C y D, o comuníquese con su oficina local de HICAP.
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4. Si ya tiene Cobertura de Medicamentos Recetados
Si ya tiene cobertura de medicamentos recetados acreditable, es posible que pueda conservarla sin el riesgo de pagar una multa por inscripción tardía si decide inscribirse en un plan de medicamentos recetados de Medicare más adelante.
Sus opciones difieren, dependiendo del tipo de cobertura de medicamentos existente que tenga:
- Plan de empleador actual, plan sindical o plan para jubilados
- TRICARE, Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) o Programa Federal de Beneficios de Salud para Empleados (FEHB)
Si está cubierto por un plan de empleador, sindicato o jubilado actual y está a punto de ser elegible para Medicare, debe recibir un aviso de la compañía que explique cómo cambiarán sus beneficios y cuáles son sus opciones con respecto a Medicare Parte D. Si está a punto de ser elegible para Medicare y no ha recibido un aviso o no entendió el aviso que recibió, llame a su antiguo empleador o a la compañía que procesa sus reclamaciones.
Si en algún momento en el futuro su plan de empleador, sindicato o jubilado deja de ofrecer cobertura de medicamentos recetados, podrá afiliarse a un plan de medicamentos de Medicare sin penalización, siempre y cuando se afilie a ese plan dentro de los 63 días posteriores al final de su cobertura actual.
Nota: Guarde cualquier carta o aviso de su plan de empleador, sindicato o jubilado que indique que su cobertura de medicamentos recetados es acreditable para usar como documentación si solicita la cobertura de medicamentos de la Parte D en un momento posterior.
Si es elegible recientemente para Medicare y su plan de empleador, sindicato o jubilado ha determinado que su cobertura actual de medicamentos recetados no es acreditable y desea afiliarse a un plan de medicamentos de Medicare, debe afiliarse durante su Período de Inscripción Inicial (IEP).
Nota: Si retira la cobertura de su plan de empleador, sindicato o jubilado, es posible que no pueda recuperarla. Además, es posible que no pueda retirar su cobertura de medicamentos actual sin retirar toda su cobertura de salud.
Hable con el administrador de beneficios de su plan para obtener más información. Si sus beneficios no son acreditables, es posible que aún pueda::
- Mantenga su plan de medicamentos actual y únase a un plan de medicamentos de Medicare para obtener una cobertura más completa.
- Mantenga su plan de medicamentos actual sin el beneficio para medicamentos de Medicare (tendrá que pagar una multa si se inscribe en un plan de Medicare después de su IEP).
- Retire su cobertura actual, regrese al plan Original de Medicare y únase a un plan de medicamentos recetados de Medicare.
- Abandone su cobertura actual y únase a un plan Medicare Advantage u otro plan de salud de Medicare que cubra medicamentos recetados.
Si está cubierto por TRICARE, el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) o el Programa Federal de Beneficios de Salud para Empleados (FEHB), le alegrará saber que los 3 programas ofrecen cobertura acreditable para medicamentos. Mientras sigas calificando para los beneficios de TRICARE, VA o FEHB, deberías poder mantener la cobertura que tienes. Si está pensando en hacer algún cambio, comuníquese primero con su administrador de beneficios.
Nota: Casi siempre será ventajoso para usted mantener su cobertura actual. Si pierde su cobertura de TRICARE, VA o FEHB y desea inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare, lo más probable es que no tenga que pagar una multa siempre y cuando se inscriba dentro de los 63 días posteriores a la pérdida de su cobertura.
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5. Cómo inscribirse en un Plan de la Parte D
Puede inscribirse en un plan de la Parte D de varias maneras:
- Visita medicare.gov
- Llame directamente a un plan de la Parte D
- Llame al 1-800-MEDICARE
Solo usted o su representante autorizado pueden inscribirlo en un plan de medicamentos recetados.