El acoso, como se conoce comúnmente, es una crueldad habitual para otros que generalmente se consideran más débiles. En relación con una Propiedad intelectual (P. I.), el acoso puede ocurrir cuando una entidad mayor, generalmente con marcas registradas, amenaza o intenta amenazar a una entidad más pequeña por sus marcas nutridas en uso, pero generalmente no registradas. Los acosadores de marcas han demostrado un patrón de intimidación al enviar avisos de cese y desistimiento injustificados (cartas de demanda), amenazas de litigio o demandar a entidades por reclamos de infracción de sus marcas, lo que dista mucho de ser justificable. Los acosadores de marcas principalmente son grandes empresas con marcas bien conocidas, que no dudarían en gastar enormes cantidades en litigios. Además, estas empresas son muy conscientes del hecho de que las entidades más pequeñas están en desventaja en términos de recursos e intereses económicos para luchar contra una marca conocida o famosa, a pesar de que su caso podría ser legítimo. Teniendo en cuenta lo mismo, hay ciertos recursos legales y tácticas en el lugar para evitar tales batallas de marcas.
- Disposiciones de la ley de marcas comerciales de la India
- Factores considerados al remitir una demanda por infracción a la intimidación de marcas comerciales
- I. Probabilidad de confusión
- II. Naturaleza de la actividad comercial
- III. Carácter genérico de las marcas impugnadas
- Marcas notoriamente conocidas que dominan el mercado
- Conclusión
Disposiciones de la ley de marcas comerciales de la India
En la India, la Ley de marcas Comerciales de 1999 prevé una ley relativa a la intimidación de marcas que establece que la parte agraviada puede presentar una demanda por amenazas injustificadas contra cualquier persona que amenace con iniciar una acción legal por infracción de marcas comerciales. La persona perjudicada también puede obtener una compensación monetaria por el mismo. Se puede encontrar una disposición similar para otros derechos de propiedad intelectual.
Aunque el poder judicial ha tenido en cuenta la palabra»amenaza jurídica infundada» en varias ocasiones, no se ha proporcionado una definición adecuada para colmar la laguna existente al brindar una protección adecuada a las amenazas de infracción. Una cuestión primordial a la que se enfrenta el tribunal al decidir un caso de amenaza injustificada es si la acción equivale a una amenaza legal sin fundamento. Por ejemplo, en el caso Bata India Limited C. Vitaflex MauchGmbH, el demandante trató de abstenerse de proferir amenazas infundadas de procedimiento judicial. La principal cuestión que el tribunal tuvo que tratar fue si el aviso legal enviado por el acusado equivale a una amenaza legal en primer lugar.
Por lo tanto, a pesar de que existe una disposición legal para hacer frente a las amenazas injustificadas, en palabras simples, intimidación, lo mismo no es efectivo. Es evidente por la reciente avalancha de casos categorizados bajo acoso de marcas en India y en jurisdicciones extranjeras, en las que gigantes corporativos como Adidas y Apple han sido acusados de intimidar a entidades más pequeñas para que abandonen marcas supuestamente similares a sus marcas. Con el fin de proteger a estas entidades menores contra amenazas injustificadas y demandas por infracción de marcas comerciales, es necesario examinar más de cerca los factores considerados antes de categorizar una demanda de infracción como acoso, ya que la diferencia entre una demanda de infracción auténtica y el acoso es excesivamente escasa.
Factores considerados al remitir una demanda por infracción a la intimidación de marcas comerciales
El concepto y los factores de intimidación de marcas comerciales se han desarrollado a través de varios casos de intimidación de marcas comerciales en el pasado, ya que no hay ninguna disposición legal que indique los factores perse.
I. Probabilidad de confusión
En un caso histórico de Monster v. Vermonster, el poseedor de marcas comerciales de la bebida energética » Monster «presentó un traje contra la cervecería»The Vermonster».
(Fuente de la imagen: HereForTheBeer.com)
Se argumentó que el nombre confundiría a los consumidores. Sin embargo, sostuvo que no había probabilidad de confusión y una era una bebida energética, y otra era una cerveza. Este caso suscitó preocupación por el tema de la intimidación de marcas.
Esta instancia señala la importancia de la probabilidad de fusión como factor, en otras palabras, las marcas no deben ser muy similares. Este principio bien establecido de infracción de marcas de fábrica o de comercio implica una similitud entre las marcas que probablemente engañe al público en general de intelecto medio para que crea que la marca en cuestión podría estar relacionada de una u otra manera con una marca comercial conocida o registrada.
II. Naturaleza de la actividad comercial
En un caso ante el tribunal de Singapur, una pequeña empresa FutureEnterprises Pvt.Ltd., se le permitió usar los prefijos ‘MacChocolate’, ‘Mac Tea’, ‘Mac Noodle’ porque su tipo de negocio era diferente al de McDonald’s. Suministraban productos envasados con el prefijo a supermercados y no estaban en el negocio de restaurantes. Por lo tanto, el tipo de negocio es un factorpara ser considerado.
En otro caso, McDonald’s no logró obtener exclusividad sobre el nombre comercial similar «McChina», ya que el restaurante solo servía alimentos chinos. Del mismo modo, una cadena de comida de restaurante de Malasia ganó el derecho a usar «McCurry», ya que el Tribunal de apelación señaló que McCurry solo servía artículos de comida malaya e india que son claramente diferentes a los artículos de McDonald’s. Por lo tanto, en los casos de restaurantes, incluso los menús también se toman en consideración.
III. Carácter genérico de las marcas impugnadas
Porque, como se ha visto en la mayoría de los casos, los casos de acoso de marcas están relacionados con alguna palabra, frase y combinación de palabras, que son esencialmente de carácter genérico. Los tribunales examinan si el término genérico ha adquirido carácter distintivo a través de un significado secundario o de su uso. Esto también podría ser un factor considerado en el caso de acoso de marcas comerciales. Por ejemplo, recientemente «BigBasket» la tienda de comestibles en línea envió un aviso de cese y desistimiento a una pequeña empresa recién abierta, DailyBasket, similar a BigBasket, pidiéndoles que cerraran sus operaciones y entregaran sus dominios(negocios) a BigBasket. El objetivo principal aquí era incluir la palabra»Canasta» y su probabilidad de causar fusión. A pesar de que otro negocio con el nombre «NaturesBasket» existe desde hace más tiempo que BigBasket.
Las líneas entre «marcas intrínsecamente distintivas», «descriptivas» y «marcas genéricas» son notoriamente vagas. Aunque sea común o genérica, si la marca ha adquirido un carácter distintivo a través de un significado y un uso secundarios, puede protegerse. Cuando las mentes de los consumidores son capaces de identificar una marca comercial distintivamente con un producto en particular durante un período de tiempo y esta asociación de marca con dicho producto le da a la marca un significado secundario. Por lo tanto, la naturaleza genérica de la marca impugnada puede tenerse en cuenta como factor, pero se tendrá en cuenta a la luz del carácter distintivo adquirido.
Marcas notoriamente conocidas que dominan el mercado
En muchos casos, los operadores dominantes en el mercado de referencia que detentan el dominio, como empresas como Microsoft, Intel y Monsanto, se vieron perjudicados por abusar de su posición en el mercado de referencia. El caso de Apple v. Prepear explica el abuso de posición dominante en el bullying intrademark. Super Healthy Kids, la empresa matriz de Prepear, es una aplicación y un servicio que ayuda a los usuarios a planificar sus comidas y encontrar recetas. Su solicitud de logotipo minimalista de una pera fue objetada por Apple alegando que es probable que el logotipo acusado cause confusión en la mente de los consumidores, que podrían asociar el diseño minimalista de la fruta de pera al logotipo de Apple. Si bien ambos logotipos son minimalistas y bidimensionales, el logotipo de Prepear es de una pera con una hoja apuntando hacia abajo, delineada con un borde verde grueso y un espacio blanco en blanco en el centro.
(Fuente de la Imagen: Logos-world)
En contraste, el logotipo de Apple es de una manzana a medio morder que no es del otro color, aparte de ser completamente negro sobre un fondo blanco. Además, las empresas de Prepar y Apple no son similares ni producen productos similares. La batalla duró mucho tiempo y Prepear se hizo cargo de las redes sociales para obtener apoyo. Sin embargo, el problema sólo se resolvió después de que se acordara previamente realizar un cambio en el logotipo que resultara satisfactorio para la aplicación.
(Fuente de la Imagen: MacRumors)
Conclusión
El acoso de marcas es un obstáculo para que las entidades más pequeñas entren en el mercado. Debido a esto, a muchos de ellos se les desaconseja lanzar sus productos, extender su negocio a un nuevo mercado o emplear una determinada marca comercial, ya que temen las consecuencias legales de las entidades más grandes. En línea con esto, la disposición de la ley de marcas tiene como objetivo proteger los derechos legales de las entidades más pequeñas sobre sus marcas. Sin embargo, las pequeñas entidades carecen de recursos para luchar contra los gigantes de la industria y siguen medios separados para hacer frente a toda la situación. Mientras que algunos de ellos se rinden a las acusaciones y aceptan las condiciones,otros utilizan las redes sociales para obtener el apoyo de otros en su comunidad para salvaguardar su buena voluntad y la reputación ganada a lo largo de los años. Esto es más prominente en India, ya que no está claro hasta qué punto la parte litigante puede ser calificada de acosador. Por lo tanto, junto con la reparación legal, las entidades deben contar con abogados y bufetes de abogados y tomar medidas firmes contra el acoso.
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El contenido de este artículo tiene por objeto proporcionar una guía general sobre el tema. Se debe buscar asesoramiento especializado sobre sus circunstancias específicas.